miércoles, 21 de octubre de 2020

CONFERENCIA ANUAL 2020 DE INACH SOBRE ANTISEMITISMO

 

Fuente: Educatolerancia

Los días 14 y 15 de octubre tuvo lugar la conferencia anual de INACH  (International Network Against Cyber hate) de manera virtual. Inicialmente estaba previsto que fuera en Málaga, organizada por Movimiento contra la Intolerancia (McI), en el marco del Proyecto OP-Code financiado por la Comisión Europea, lo que no fue posible debido a la pandemia de COVID-2019.

El objeto de la conferencia fue diseccionar el problema del antisemitismo en todas sus dimensiones con la participación de las principales organizaciones e instituciones especializadas, entre las que destacan la Liga Antidifamación  LICRA  , o la agencia del gobierno alemán especializada en la lucha contra el discurso de odio, Jugendschuzt  , junto con representantes de la Agencia Europea de Derechos Fundamentales (FRA), el Consejo de Europa y la propia Comisión Europea. Unos 80 expertos de Israel, Rusia, Canadá, EEUU, Reino Unido y muchos países de la Unión Europea.

La Secretaria de Estado de Migraciones, Hana Jalloul abrió la conferencia con un discurso en el que destacó la importancia de luchar contra el discurso de odio y las políticas que, al respecto, está implementando el gobierno de España. El OBERAXE participó en el grupo de trabajo sobre el uso de La Ley en la lucha contra el Antisemitismo, coordinado y moderado por McI, con una intervención de su directora, Karoline Fernandez de la Hoz, en la que incidió en el Acuerdo Interinstitucional en el que se coordinan las instituciones y sociedad civil implicadas en la lucha contra el racismo, la xenofobia y otras formas de intolerancia, los delitos y el discurso de odio. Hizo referencia a los informes sobre análisis de sentencias y trazabilidad de incidentes de odio lo que, a su juicio, propicia una mayor eficacia en la resolución de los casos de delitos de odio, también en el ámbito de la judicatura.

La conferencia abordó las perspectivas del antisemitismo que se derivan de la definición que hace la International Remembrance Holocuast Alliance  , a la que recientemente se ha adherido  el gobierno de España. Destacan temas como el negacionismo y la trivialización del Holocausto, las nuevas tendencias de la ultraderecha filo nazi, las características propias del antisemitismo procedentes de cierto pensamiento de izquierdas, las campañas del BDS, o los problemas de discriminación múltiple desde la perspectiva de mujer, juventud y afrodescendientes.

Algunos de los resultados de las investigaciones realizadas en el marco del proyecto Open Code fueron presentadas en la conferencia, como las relativas a la relación entre el Covid-19 y las teorías de conspiración antisemitas que atribuyen a los judíos la expansión del virus, o las nuevas formas de banalización del Holocausto, basadas en comparaciones ofensivas.

martes, 20 de octubre de 2020

INFORME RAXEN Nº75 "CRÍMENES DE ODIO POR MOTIVO IDEOLÓGICO"

 


Educatolerancia

El juicio del crimen de odio en Zaragoza, el mal denominado juicio del “crimen de los tirantes”, se sustanció con un veredicto donde el jurado consideró, por mayoría de ocho a uno a Rodrigo Lanza, culpable del asesinato de Víctor Laínez en diciembre de 2017 en un bar de Zaragoza, y ha determinado que la agresión se produjo sin que la víctima pudiera defenderse y que fue por motivos ideológicos, aceptando la versión de la fiscalía y de las acusaciones y rechazando la del acusado que manifestó que actuó movido por el pánico. La significación de los tirantes, con los colores de la bandera española que portaba la víctima, junto a algún comentario calificándolo de “facha”, se interpretan como el origen de un suceso que protagonizó un agresor al que por otras significaciones se identifica como “antifa”. La agresión se produce motivada por lo que el atacante presupone es la ideología de la víctima.

Los jurados populares sobre el crimen, tanto en el primer juicio anulado como en el segundo juicio, tras los veredictos, confirmaron el motivo ideológico del asesinato, evidencian la respuesta a diversas objeciones que limitan la interpretación del alcance y la naturaleza del delito de odio. A saber. ¿Es un delito que solo cabe interpretar en defensa de “colectivos históricamente vulnerables” o su comisión es hacia personas por la condición de la víctima? y como plantea el precepto penal a efectos de aplicación de agravante, ¿solo es la ideología de la víctima (que presupone el agresor) o estamos ante una dialéctica de contrarios que patentizan un conflicto? De nuevo surgen incongruencias, a veces por malas redacciones del precepto y otras motivadas por interpretaciones ideológicas que obedecen más a miradas identitarias que a la protección universal de la dignidad humana y de las libertades y derechos fundamentales, recogidas en la Carta Internacional de Derechos Humanos y la Constitución Española.

sábado, 17 de octubre de 2020

17 de Octubre Día Internacional para la erradicación de la pobreza



En todo el mundo, más de 800 millones de personas aún viven con menos de 1,25 dólares al día y muchos carecen de acceso a alimentos, agua potable y saneamiento adecuados, según datos del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo.

La pobreza no es solo una cuestión económica. Por ese motivo, debemos dejar de observarla exclusivamente como una falta de ingresos. Se trata de un fenómeno multidimensional que comprende, además, la falta de las capacidades básicas para vivir con dignidad. La pobreza es en sí misma un problema de derechos humanos urgente y es a la vez causa y consecuencia de violaciones de los derechos humanos, pues se caracteriza por vulneraciones múltiples e interconexas de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, y las personas que viven en ella se ven expuestas regularmente a la denegación de su dignidad e igualdad. Reducir la pobreza y erradicarla es por tanto una obligación de todas las sociedades.

#Solidaridad #DerechosHumanos #StopPobreza #Dignidad #MovimientocontralaIntolerancia #Juntoscontralaintolerancia #Aporofobia


jueves, 1 de octubre de 2020

1 octubre de 1931 el derecho al voto femenino

 


El 1 octubre de 1931 se aprobó por primera vez en la historia española el artículo constitucional que consagró el derecho al voto femenino. Ganó el sí por 161 votos frente a 121, y en los diarios de sesiones de la época se recogen con detalle los argumentos de una izquierda dividida, que desconfiaba del voto de la mujer, influenciada por “la sacristía y el confesionario”.

En esas Cortes sólo había tres mujeres y, paradójicamente, dos de ellas, Clara Campoamor y Victoria Kent, protagonizaron las posturas contrapuestas en un debate intenso e, finalmente, histórico.
“No es cuestión de capacidad; es cuestión de oportunidad para la República”, sostuvo Kent (Partido Radical Socialista). La mujer “para encariñarse con un ideal, necesita algún tiempo de convivencia con el mismo ideal”, advirtió Kent para asegurar que, si todas las españolas fueran obreras o universitarias “y estuvieran liberadas en su conciencia, yo me levantaría hoy frente a toda la Cámara para pedir el voto femenino”.

Campoamor, en contra de su propio partido, el Radical, fue la encargada de replicar a su colega para apostar por reconocer a la mujer como ser humano, por “pura ética”, todos sus derechos. “Tenéis el derecho que os ha dado la ley, la ley que hicisteis vosotros, pero no tenéis el derecho natural fundamental, que se basa en el respeto a todo ser humano”, advirtió a los diputados. “No dejéis que la mujer, si es regresiva, piense que su esperanza estuvo en la dictadura; no dejéis a la mujer que piense, si es avanzada, que su esperanza de igualdad está en el comunismo. No cometáis, señores diputados, ese error político de gravísimas consecuencias”. En su opinión, los parlamentarios nunca tendrían bastante tiempo para llorar ese error histórico de dejar a la mujer, que “representa una fuerza nueva, una fuerza joven”, al margen de la república. Venció su tesis, pero en el hemiciclo se enfrentó a sus propios compañeros de partido.