El discurso de odio es tan antiguo como los conflictos entre grupos humanos. Estigmatizar, difamar, demonizar e incitar al odio, la hostilidad o la violencia son conductas que históricamente han acompañado —o precedido— a delitos y crímenes de odio. Tragedias como el Holocausto o el Holodomor estuvieron precedidas y sustentadas por discursos de odio que legitimaron la exclusión y la violencia.
El término discurso de odio fue definido por primera vez en 1997 por el Consejo de Europa, que lo describió como:
“todas las formas de expresión que propaguen, inciten, promuevan o justifiquen el odio racial, la xenofobia, el antisemitismo u otras formas de odio basadas en la intolerancia”.
En los talleres preparatorios de esta definición participó el Movimiento contra la Intolerancia. Años más tarde, esta conceptualización fue recogida en diversas sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, reafirmando la defensa de la dignidad humana y los derechos fundamentales.
En el ordenamiento jurídico español, el Código Penal tipifica y sanciona determinadas conductas de discurso de odio en su artículo 510. Dichas conductas, cuando se materializan, provocan graves daños y generan víctimas, siendo muchas veces antesala de delitos mayores.
Tanto los tratados internacionales de derechos humanos como la propia Constitución Española establecen la ilicitud de este tipo de expresiones. Es importante subrayar que no debe confundirse la libertad de expresión con una libertad para agredir, y mucho menos con impunidad para hacerlo. En un contexto de creciente polarización social y política, conviene recordar que la convivencia democrática y la paz exigen el firme rechazo y combate del discurso y los crímenes de odio.
En España, el discurso de odio se manifiesta especialmente en redes sociales e Internet, donde se intensifica en momentos de crisis migratorias o de fuerte polarización ideológica. Estas plataformas, convertidas en escenarios clave, albergan numerosos mensajes cargados de xenofobia, racismo, odio ideológico, homofobia, transfobia, antisemitismo, hispanofobia, antigitanismo, misoginia y otras formas de intolerancia.
El Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional han dejado claro que la libertad de expresión no es ilimitada. Ambos órganos sostienen que, en las sociedades democráticas, puede resultar legítimo —e incluso necesario— sancionar o prevenir las expresiones que propaguen, promuevan o justifiquen el odio basado en la intolerancia.
Si detectas discurso de odio en redes sociales, no dudes en enviarlo a: denunciamci@gmail.com o llama al 676 476 831 ¡Muévete y denuncia el Discurso de Odio! #MovimientocontralaIntolerancia #StopDelitosdeOdio #StopRacismo #StopXenofobia #StopAntisemitismo #StopHomofobia #StopMisiginia #StopTrabnsfobia #StopIslamofobia #StopAporofobia #StopDisfobia #StopHispanofibia #StopEdadismo #StopGordofobia #StopCristianofobia #StopAntigitanismo #StopHate #MuéveteyDenuncia